La buena noticia para latinos de cuatro países que quieran mudarse con sus familias a EE.UU.
El Departamento de Seguridad Nacional anunció un nuevo programa de libertad condicional para que los ciudadanos o residentes legales permanentes en suelo norteamericano pidan el traslado de sus seres queridos en el extranjero
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“La istración Biden-Harris continúa con su estrategia para proporcionar vías legales y reducir la migración irregular peligrosa”. Así se lee al inicio de un comunicado de prensa que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) publicó este viernes en su página web. En el texto se informó acerca de un nuevo programa migratorio de reunificación familiar para Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras.
En conjunto con el Departamento de Estado estadounidense, se trata de la implementación de un proceso de libertad condicional para la reunificación familiar (FRP, por sus siglas en inglés) para ciudadanos de estos cuatro países.
En el comunicado se explica que los beneficiarios de la medida, esto es, los nacionales de Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras que soliciten un turno para el programa humanitario, deben estar fuera de territorio estadounidense y no haber recibido previamente una visa de inmigrante, así como la disposición para someterse al proceso de selección y cumplir con los requisitos médicos.

“Estos nuevos procesos promueven la unidad familiar y brindan vías legales consistentes con nuestras leyes y nuestros valores”, expresó el Secretario de Seguridad Nacional, Alejandro Mayorkas.
En medio de tanta incertidumbre, tras el fin de la vigencia del Título 42 en mayo y el regreso de la implementación del Título 8, son buenas noticias, al menos para las personas de esas cuatro naciones.
Para poder acceder al parole humanitario, las personas deben ser familiares de ciudadanos estadounidenses o residentes legales en Estados Unidos. Además, deben haber recibido la aprobación para el proceso de reunificación con sus familias en territorio norteamericano.
“Específicamente, los ciudadanos de estos países pueden ser considerados para la libertad condicional (o parole) por un período de hasta tres años, mientras esperan para solicitar convertirse en residentes permanentes legales”, se lee en el texto oficial, que advierte que las autoridades estudiarán “caso por caso”.
El familiar en Estados Unidos que reciba al inmigrante será su responsable económicamente, muy similar al proceso que el Departamento de Estados y el DHS implementaron para los ciudadanos originarios de Venezuela a raíz del éxodo migratorio, el más dramático e importante en la historia de ese país.
De acuerdo con la Asociación Americana de Abogados de Inmigración, “el proceso de reunificación familiar bajo libertad condicional comienza cuando el Departamento de Estado emite una invitación al ciudadano estadounidense peticionario o al familiar residente legal permanente, que tenga aprobado el Formulario I-130, en nombre de un beneficiario colombiano, salvadoreño, guatemalteco u hondureño”.

A partir de ese momento, el peticionario podrá iniciar el proceso y solicitar a uno o varios de su familia que cumplan con los requisitos para optar por una autorización anticipada de viaje, así como para la libertad condicional.
Es clave destacar que si bien cualquier residente legal permanente en Estados Unidos puede hacerlo, se debe demostrar que existen verdaderas razones humanitarias de carácter urgente que justifiquen el uso de esa medida como herramienta para migrar al país.
El beneficiario recibirá permiso de trabajo y podrá solicitar la visa de inmigrante. Asimismo, deberá permanecer bajo la figura del parole, durante tres años mientras espera para obtener la visa estadounidense.
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