¿Qué beneficios obtienen los latinoamericanos que llegan a EE.UU. con permiso humanitario?
Al ser itidos, los inmigrantes cubanos, haitianos, nicaragüenses y venezolanos adquieren autorizaciones inmediatas para trabajar y residir, conforme ciertas pautas
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El permiso humanitario, también conocido como “parole”, es un tipo especial de isión a los EE.UU. por un periodo definido de hasta por dos años. Las causas válidas son emergencia, alguna razón urgente humanitaria o un beneficio público significativo. La autorización la aprueba el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) y por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP). Desde el pasado 6 de enero, este proceso lo pueden realizar ciudadanos cubanos, haitianos, nicaragüenses y venezolanos, quienes recibirían algunos beneficios inmediatos.
La Casa Blanca informó a través de un comunicado que el objetivo del parole es “ampliar las vías legales para una migración segura, ordenada y humana”. Esto permitirá a los beneficiarios trabajar y vivir en EE.UU. sin ser itidos formalmente bajo la Ley de Inmigración. Los solicitantes de las nacionalidades antemencionadas deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Tener una persona de apoyo, o patrocinador, en Estados Unidos: el patrocinador debe presentar el formulario I-134, Solicitud en Línea para Convertirse en Persona de Apoyo y Declaración de Apoyo Financiero, y será investigado por el gobierno de ese país.
- Someterse a una prueba de una sólida investigación de antecedentes de seguridad: el solicitante deberá enviar información personal y certificar que cumple con los requisitos de selección.
- Cumplir con otros criterios de elegibilidad: será importante que el peticionario compruebe que puede viajar a Estados Unidos por adelantado.
- Amerita un ejercicio favorable de discreción (la decisión final de ejercer la aplicación de discreción depende de los factores y circunstancias de cada caso individual).
El proceso de investigación del USCIS y el CBP se realizará de forma minuciosa, por lo que podrá demorar entre 90 y 120 días, y podrá ser rechazado si los datos otorgados no son suficientes. El requisito indispensable para el inmigrante solicitante es el patrocinador, ya que sin esta persona que cubra los gastos durante un periodo temporal, no será posible la aprobación. Una vez que el proceso haya sido efectivo y las autoridades aprueben la información dada por el inmigrante, este será elegible para obtener los siguientes beneficios:
- 1. Permiso de trabajo
El extranjero seleccionado para “parole” podrá solicitar la autorización de empleo a discreción del USCIS, a través del Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo en la plataforma con un costo de US$410. De esta manera, el solicitante también tendrá a cuentas bancarias.
- 2. Tarjeta de Seguro Social
También los inmigrantes aceptados podrán tramitar su Número de Seguridad Social (SNN) a través de correo electrónico proporcionado en el Formulario I-765 o del sitio de la istración de la Seguridad Social (SSA). De acuerdo con el USCIS, este SNN se otorga a las personas que son autorizadas a trabajar en EE.UU. con el fin de informar sus salarios al gobierno estadounidense y determinar los beneficios del seguro.
- 3. a mercados de planes médicos
Una vez que la persona obtuvo un permiso de trabajo y seguridad social, podrá tener al mercado de planes médicos, ya sea de forma personal o a través de su patrocinador estadounidense.
- 4. Asistencia para alimentos
Este beneficio es únicamente para mujeres embarazadas, en posparto o en lactancia. El beneficio se otorga a través del Programa Especial de Nutrición Suplementaria para Mujeres, Infantes y Niños (WIC) o el Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP).

No obstante, haber conseguido el permiso humanitario obliga al inmigrante a cumplir algunos requisitos indispensables. De otro modo, las autoridades estadounidenses podrán cancelar de manera automática el beneficio en las siguientes circunstancias:
- Si la persona beneficiada sale de Estados Unidos.
- Si su periodo de permiso de permanencia temporal caduca.
- Si el inmigrante viola cualquier ley de Estados Unidos.
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