Condenan a prisión en suspenso a seis mapuches por usurpaciones en Villa Mascardi
Es por la toma de un exhotel de Parques Nacionales y otras dos propiedades privadas
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SAN CARLOS DE BARILOCHE.– En un nuevo juicio relacionado con las usurpaciones en Villa Mascardi, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de General Roca condenó a seis de la comunidad Lafken Winkul Mapu –entre ellos, la machi Betiana Colhuan– a distintas penas que van de uno a dos años y seis meses de prisión en suspenso.
Por otro lado, el juez Alejandro Silva no hizo lugar a la solicitud del Ministerio Público Fiscal y la querella de la istración de Parques Nacionales (APN) sobre la remoción de la talla antropomorfa (“rewe”) y la entrega a la APN del espacio circundante. Esa cuestión debe ser resuelta por el Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche en el marco de otro trámite.
Este es el segundo juicio contra integrantes de la lof mapuche: Colhuan, Martha Jaramillo, María Celeste Ardaiz Guenumil, Romina Rosas, Yéssica Bonnefoi y Matías Santana fueron considerados coautores de los delitos de usurpación por despojo del exhotel de Parques Nacionales en Villa Mascardi y dos propiedades privadas. Santana y Bonnefoi fueron condenados a 2 años y 6 meses de prisión, mientras que Rosas y Jaramillo recibieron 2 años y 4 meses. La machi Betiana Colhuan recibió una pena de 2 años y 2 meses, al tiempo que Ardaiz fue condenada a 1 año de prisión en suspenso. En el caso de Santana, el tribunal dispuso unificar esta pena con una anterior por un atentado contra la autoridad, por lo que queda en 3 años de prisión en suspenso.
Asimismo, los seis deben fijar residencia e informar cualquier cambio al tribunal; someterse al cuidado y fiscalización de la Dirección de Control de Ejecución Penal más cercana a su domicilio en forma trimestral; realizar trabajos no remunerados en favor del Estado o de institución de bien público. Y tienen prohibido acercarse a una distancia prudencial a “La Escondida” (una de las propiedades vandalizadas durante la usurpación que comenzó en 2017), así como tener cualquier tipo de “o o acercamiento con los propietarios de dicho inmueble y con personal de Parques Nacionales que cumple funciones en la zona de Villa Mascardi”.
Si bien los defensores de la comunidad Lafken Winkul Mapu plantearon que “este juicio implicaba juzgar dos veces por un mismo delito ya que hubo antes un juicio por la misma causa”, el tribunal no hizo lugar al planteo de extinción de la acción penal por violación de la garantía de doble persecución penal por el mismo hecho (“non bis in idem”). Este viernes se conocerán los motivos que fundamentan el veredicto.

A principios de mayo, en relación con los alegatos de las acusaciones, los defensores de la Gremial de Abogados que defienden a la lof indicaron: “La Fiscalía no mostró nada, no invocó ninguna prueba de circunstancias de fechas, tiempos o lugares para identificar a cada uno de nuestros defendidos. Jamás se pudo determinar que fulano o mengana hicieron tal y cuál cosa, tal día a tal hora y está probado de ésta o aquella forma, cuestión que -pequeño detalle- exige el Código Penal. Probar. La vergüenza es que hablaron generalidades y acusaron al bulto, a todos de todo. Cargados de desprecio, racismo y negacionismo. Escucharán aberraciones como ‘el Pueblo Mapuche desprecia el medio ambiente’”.
Tras conocerse hoy el veredicto, los abogados defensores señalaron que “la causa trucha y armada contra la comunidad Winkul fue siempre un juicio político”.
En un comunicado difundido por la Gremial advirtieron: “El resultado era más que cantado: jueces, fiscales y querellas con la ideología del racismo y bancando los intereses de los latifundistas y las grandes empresas fueron llevando el proceso judicial a este final anunciado. Como dijimos y reiteramos: las sentencias contra los pueblos originarios se firman en los despachos judiciales pero se redactan en otros lados. Y así llegamos a una sentencia que pintaba cantada desde el primer día”.
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